Justicia y derecho
Nomografía
Desde la época de Sócrates, los filósofos de la política y los teóricos de las ciencias sociales han sostenido discrepancias históricas acerca de la relación entre la justicia y el derecho. Dichas discrepancias han girado primordialmente en torno a la discusión para definir si la justicia es parte del derecho o si se trata simple y sencillamente de un juicio moral. Esto deriva en la relevancia siempre vigente de realizar ejercicios de reflexión en torno al rol y trascendencia de dichos conceptos en el contexto de la actualidad de la esfera pública del país.
Hoy en día, en las universidades se enseña que el fin primordial del derecho es y debe ser la justicia. Sin embargo, la contraposición de criterios iusnaturalistas y postulados iuspositivistas, así como las diferencias marcadas entre distintas corrientes políticas, se han traducido en cierta ambigüedad cuando se habla de justicia y de lo que es justo.
Para poner esto en perspectiva, Sócrates decía que: “Lo justo es lo legal, el respeto y obediencia de las leyes, tanto las escritas, como las no escritas, esto es, tanto leyes humanas como las leyes divinas”. Posteriormente, Ulpiano definió a la justicia como “Constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”. Por su parte, Santo Tomás de Aquino aglomeró diversos postulados y concluyó que “La justicia es el hábito según el cual, uno con constante y perpetua voluntad, da a cada cual su derecho.”
A dicha diversidad en el entendimiento de lo justo se suma el fenómeno que se presenta cuando la realidad supera al derecho, lo cual se manifiesta a través de normas que con el paso del tiempo y con los constantes cambios sociales, se vuelven injustas para sus destinatarios. Cuando se actualiza dicho supuesto, los órganos jurisdiccionales se encuentran con la disyuntiva de optar por el derecho o priorizar la justicia en el caso particular.
El riesgo que existe al optar por la justicia por encima del derecho estriba en la posibilidad siempre latente de que el juzgador o el aplicador de la norma, en el ejercicio de la determinación de lo justo, introduzca criterios subjetivos que no atiendan a los principios y valores rectores tutelados en la Constitución, en estricta vulneración de la consolidación democrática y el estado de derecho.
Nuestro país necesita leyes que promuevan la estabilidad nacional y la generación de un mínimo de certeza jurídica para el desarrollo de los ciudadanos y la convivencia social, pero el imperio de la ley no debe traducirse en un sistema rígido y ajeno a los cambios sociales. En tales circunstancias, el Estado mexicano tiene la encomienda de cancelar la falsa oposición entre justicia y derecho mediante el consenso y el diálogo democrático, que derive en la continua y permanente actualización del ordenamiento jurídico, sin que esto implique la subordinación de las instituciones y de las leyes a la visión de un movimiento político que pretenda relativizar los principios que sustentan al Estado constitucional y democrático de derecho.
POR EMILIO SUÁREZ LICONA
CONSULTOR Y PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA.
@EMILIOSL
- ¿Cómo calcular el aguinaldo?: guía paso a paso
- Black Friday 2024 en México: ¿cuándo es y qué tiendas participan?
- Solicita ‘Don Neto’ libertad anticipada; en abril de 2025 termina su condena de 40 años
- ¿Pachuca será sede para el Mundial 2026? Esto se sabe
- Pachuca: vecinos se oponen a albergue para niñez migrante; detienen temporalmente obra