TEEH ratifica dos triunfos del PRI; envía dos asuntos a sala Toluca
El Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH) ratificó los triunfos en los municipios de Ajacuba y Jacala de Ledezma para el Partido Revolucionario Institucional (PRI), y reservó al Poder Judicial de la Federación los juicios de Eloxochitlán para el PRD y de Singuilucan para Nueva Alianza por la falta del informe del IEEH respecto al tope de gastos de campaña de los candidatos.
En el municipio de Eloxochitlan, se denunció al candidato electo del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Antonio Badillo García por no respetar los lineamientos marcados por las autoridades sanitarias para llevar a cabo los actos proselitistas, poniendo en riesgo la salud de la población.
Al respecto, la magistrada María Luisa Oviedo Quezada señaló que dentro de la legislación no existe un apartado donde se especifique la anulación de las elecciones por motivos de salud como en este caso, por lo que se declaró inoperante el acuerdo.
Aunque también se denunció el rebase de tope de gastos de campaña por parte de Antonio Badillo García, se resolvió reservar el asunto a la sala regional Toluca del Poder Judicial de la Federación debido a que el IEEH aún no entrega el informe respectivo.
El triunfo del candidato Francisco Basurto Acosta del Partido Revolucionario Institucional (PRI) también se ratificó por el Tribunal al declarar inexistentes las denuncias interpuestas por actos anticipados de precampaña y campaña, supuesta entrega de dadivas y contratación de publicidad; ya que los hechos se dieron antes del proceso electoral.
Por otra parte, el asunto de Jacala de Ledezma se resolvió infundado el agravio al considerar que la candidata electa María Magdalena Rubio Pérez no utilizó símbolos religiosos en su propaganda electoral, tal como se vertió en el juicio de inconformidad.
Finalmente en Singuilucan, también se denunció el rebase en el tope de gastos de campaña elección por lo que se determinó reservar para la jurisdicción federal el pronunciamiento cuando se cuente con el documento idóneo del dictamen consolidado.