Otro clavo al ataúd del Federalismo

Otro clavo al ataúd del Federalismo

DESDE LO REGIONAL

Raul Arroyo
Abril 27, 2026

Lo importante, lo no tanto, y lo perverso de la iniciativa para reformar la Reforma Judicial, quedó fuera de foco por la propuesta de trasladar la próxima elección de juzgadoras y juzgadores a 2028, incluida en el eventual   régimen transitorio constitucional. 

Como lo evidencia la exposición de motivos, la modificación propuesta responde a las falencias producidas por el precipitado ánimo renovador del Poder Judicial federal mexicano, dirigido en principio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y luego extendido a los poderes judiciales de las entidades federativas.

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Importa destacar la autoría de la iniciativa conformada por legisladoras y legisladores de ambas cámaras del Congreso de la Unión, del mismo color partidario al del gobierno, mismas personas votantes de aquella. Vale la sabiduría popular: rectificar es de sabios (y sabias en este caso).

La médula de la propuesta reformadora está en el mecanismo de selección de candidaturas para el ejercicio de la judicatura mediante dos  elementos esenciales: la selección rigurosa para acceder a una candidatura de persona juzgadora mediante la aduana de una certificación técnica; y un Comité Único de Evaluación. Muy bien.

Otro bloque contiene disposiciones relativas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación devolviéndole su funcionamiento en Salas – con cierto pudor se les denomina ahora Secciones, como si de un sindicato se tratara -; al Tribunal de Disciplina Judicial y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, respecto de la elección de sus respectivas presidencias, así como la renovación del Órgano de Administración Judicial. Además de la sustitución de vacantes en las adscripciones de impartición de justicia.  Solo trámites.

Llama la atención, para bien, la propuesta de crear un Observatorio Ciudadano  como un espacio, dice la iniciativa, de participación social para dar seguimiento, evaluar y emitir valoraciones sobre el desempeño de las personas juzgadoras y garantizar la publicidad de las actividades de los órganos judiciales, tendiente a la cultura de apertura institucional. No sobra recordar la aparición de estos mecanismos desde la sociedad civil a raíz de la vigencia de la Reforma Judicial. 

Con la misma soberbia centralista, esa generadora de la ola expansiva arrasante de las judicaturas locales, invasiva de la soberanía para decidir su régimen interior,  ignorante de peculiaridades, geografías,  precariedades presupuestales,  fortalezas y carencias locales; la iniciativa propone trasladar la certificación de quienes aspiren acceder al ejercicio judicial  en los estados de la Federación a la Escuela Nacional de Formación Judicial, como si las escuelas judiciales locales no tuvieran probadas capacidades para hacerlo en cada entidad federativa;  no obstante dejándoles la responsabilidad de la capacitación previa.

Sería ingenuo no suponer el objetivo: crear desde el origen un compromiso de quienes accedan a la facultad de juzgar, con una instancia fuera de su jurisdicción. Nada nuevo. Sucede así con las magistraturas electorales designadas en el Senado de la República, y las consejerías de los OPLES a cargo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral.  

La disposición resulta contradictoria con la exposición de motivos cuyo texto reconoce en disposiciones constitucionales adoptadas en los estados de Coahuila y Zacatecas, “…un precedente relevante para fortalecer la calidad técnica de la función jurisdiccional.”

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Sobran razones y explicaciones ante la reiterada mirada, o más grave, la   pretensión de un país homogéneo. Sería un clavo más al ataúd del  federalismo. De votarse en ambas cámaras su calidad de  letra suprema, no extrañen tampoco el voto aprobatorio y la respectiva reforma espejo en las legislaturas locales, las mismas responsables de atentar contra la figura constitucional del Municipio Libre al igualar la estructura del Ayuntamiento como si lo  fueran  el de Ecatepec y el de Juárez Hidalgo; y de hacerse el harakiri al reducir sus presupuestos con igual ánimo centralista. 

En el Foro Fortaleciminento de las elecciones judiciales en México,  realizado  en el Senado inmediatamente después de presentarse la iniciativa de reforma constitucional, hubo voces calificadas – y no solo provenientes del interior del país – con observaciones puntuales acerca de las diferencias indispensables de considerar en una decisión dirigida al mejoramiento de la inminente elección de personas juzgadoras, a partir de las condiciones, aspiraciones y reclamos regionales. Está dicho.    

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