Sin consentimiento: cirujano realizó 500 cirugías experimentales sin permiso de los pacientes

Después de 17 años de denuncias ante diversas instancias de la Secretaría de Salud y derechos humanos, por primera vez el Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez determinó la presunta responsabilidad, que calificó como grave, del doctor Julio Everardo Sotelo Morales por realizar alrededor de 500 cirugías experimentales en pacientes con hidrocefalia, a quienes se les colocó en el cerebro un dispositivo sin su consentimiento informado. Tampoco se hizo la integración correcta de expedientes médicos.

Un número indeterminado de enfermos ya fallecieron y otros viven con secuelas físicas discapacitantes. El caso, ignorado por las autoridades sanitarias y judiciales mexicanas, también se presentó y fue aceptado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como crimen de lesa humanidad.

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El promotor de la denuncia es el neurocirujano Rodolfo Ondarza Rovira, adscrito al instituto, con el apoyo de la organización Red Solidaria Década contra la Impunidad. La CIDH aún espera la respuesta a la solicitud de información planteada al Estado mexicano.

El pasado martes, la titular del OIC del instituto, Francelia Castañeda Pacheco, notificó la resolución a Ondarza Rovira. Le informó que el expediente consta de 112 tomos que contienen más de 53 mil hojas, en las cuales se integraron los expedientes clínicos de 112 pacientes atendidos en la década de los 90 y hasta los primeros años de este siglo.

El OIC reconoce que los afectados suman 500 porque el mismo procedimiento se realizó en otros hospitales públicos, incluso pediátricos. El denominador común es que las personas no recibieron información sobre el procedimiento experimental al que serían sometidos ni lo autorizaron con su nombre y firma, como indican los protocolos de investigación.

En 1997 Sotelo Morales obtuvo la patente que había solicitado cinco años antes de lo que llamó sistema de derivación ventrículo peritoneal de flujo continuo para el tratamiento de hidrocefalia hipertensiva (acumulación de líquido cefalorraquídeo en el cerebro), la cual es una complicación de enfermedades como neurocisticercosis, tumores y afecciones vasculares.

Con el dispositivo que funcionaba por gravedad se pretendía suplir las válvulas convencionales de probada eficacia y calidad para drenar el líquido acumulado en el cerebro.

El OIC concluyó que Sotelo Morales, investigador principal de tres protocolos, no informó a los pacientes que participarían en un experimento ni les advirtió de posibles riesgos y secuelas a las que se exponían. Unicamente les presentó una hoja de consentimiento para cirugía convencional.

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Sotelo Morales fue director del instituto de 1998 a 2006, periodo en el que se siguieron colocando los dispositivos patentados por él. Algunos de los afectados interpusieron denuncias penales y luego se sumaron a la queja ante la CIDH.

Como resultado de las denuncias el doctor Ondarza Rovira fue despedido de manera injustificada del instituto en noviembre de 2006. Luego de un juicio laboral, obtuvo un laudo que ordenó su restitución.

No obstante, al poco tiempo nuevamente fue despedido y por segunda ocasión le favoreció la resolución de la autoridad laboral. Aunque la sentencia del 19 de abril de 2018 ordenó que se le reintegre a su puesto de neurocirujano, los directivos aceptaron que también retomaría su cargo como encargado del módulo de neurocirugía estereotáctica y funcional; a la fecha, el especialista sigue sin trabajar porque el área fue desmantelada.

Por: Ángeles Cruz Martínez / La Jornada

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