Incumple Tulancingo con la designación de enlaces vecinales
Pese a que el Reglamento para la Elección de Órganos Auxiliares de Tulancingo establece en su artículo 15 que la designación de los Enlaces Vecinales -antes delegados- en caso de no emitir convocatoria se realizará en los últimos 5 días de marzo, el gobierno municipal ha incumplido con lo dispuesto en la ley.
De acuerdo con la ordenanza, la o el Presidente y la o el Secretario Municipal designarán los Órganos de Enlace Vecinal en caso de contingencias climatológicas, epidemiológicas y geológicas y se declare el Municipio o la Entidad Federativa en estado de emergencia.
Para la ciudadanía es importante la designación de los ahora Enlaces Vecinales porque dicha figura es el primer acercamiento con la administración municipal para atender las problemáticas.
“Como vecinos no sabemos quién es o cómo la van a designar, por lo tanto nosotros nos hemos organizado y tenido que hacer algunas gestiones”, señaló Miguel Pérez, habitante de la colonia San Nicolás.
Los delegados y subdelegados en Tulancingo, concluyeron su encargo en febrero de 2021, y en ese mes entró en vigor un decreto en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), que desapareció la figura y se crearon los Órganos de Enlace Vecinal y de participación ciudadana.
Lo anterior fue aprobado por la asamblea municipal, bajo el argumento de que se dejarán de concebir como figuras de autoridad o parte de la estructura o administración pública municipal, que los alejan de su verdadera naturaleza como representantes ciudadanos o vecinales, provocando un distanciamiento con sus propios vecinos.
Sin embargo la modificación al reglamento se da también luego de que en 2020 un grupo de delegados y subdelegados de Tulancingo presentó un recurso ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) para que les pagaran un sueldo por sus funciones como autoridades auxiliares, sentencia que favoreció por considerarlos servidores públicos.
La actual reglamentación menciona que los Órganos de Enlace Vecinal tienen 17 facultades y obligaciones, y precisa que no son servidores públicos y tampoco son autoridades, por lo que al ser una encomienda de tipo vecinal y ciudadano, no podrán recibir remuneración alguna en el desempeño de sus actividades.
“Los Órganos de Enlace Vecinal, como figuras de participación ciudadana son el vínculo entre la población que habita en una demarcación territorial ante el Gobierno Municipal al detectar las necesidades más apremiantes de la comunidad para su atención; además de coadyuvar en la conservación de la tranquilidad dentro del barrio, pueblo colonia, fraccionamiento o comunidad que integren las demarcaciones territoriales”, define el artículo 5 del reglamento.
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