Confirma Sala Toluca anulación de elección en Ixmiquilpan
La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la determinación de anular la elección de Ixmiquilpan, luego de que se logró acreditar que el candidato Vicente Chárrez Pedraza del Partido del Trabajo, si incurrió en actos anticipados de campaña, además de que utilizó recursos públicos para favorecer su candidatura.
Además se adelantó que se dará vista al al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) para que inicie el proceso sancionador contra Vicente Chárrez, para que no pueda participar en las elecciones extraordinarias como mecanismo de sanción.
El proyecto fue confirmado por los magistrados quienes coincidieron en que las evidencias presentadas ante el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) son suficientes para identificar que existieron actos anticipados de campaña, al confirmar en una entrevista para el medio digital El Huarache su interés por participar en la contienda electoral por el ayuntamiento, a la par que participó en eventos de entrega de obra pública y habló a su favor.
El magistrado Juan Carlos Silva Adaya, en su intervención señaló que el mismo ex candidato del Partido del Trabajo aceptó que dió la entrevistas al medio digital, pero también que utilizó un espacio de la alcaldía (en comodato) para establecer las oficinas de su Asociación Civil Avance.
Por su parte, también se confirmó que recibió el apoyo de su hermano Pascual Chárrez, exalcalde del municipio, quien al entregar obra pública, dio la voz a Vicente para explicar a los ciudadanos que atraería recursos para obra básica.
Según el expediente que llegó en segunda instancia promovido por Vicente Chárrez, para pedir la revisión de la resolución del TEEH, la justificación del excandidato fue responsabilizar al medio de comunicación quien fue quien preguntó si estaba interesado en la contienda electoral.
En el tema del uso de un local de la alcaldía para la ubicación de las oficinas de su Asociación Civil Avance, está también se confirmó porque el implicado aceptó que la organización dejó ese lugar en septiembre de 2020, pero ya estaba en campaña.
En este sentido, el magistrado Silva Adaya, dio lectura al artículo primero de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, que refiere a los actos anticipados de campaña, expediente que recae en este supuesto.
Al revisar la condición de que Vicente Charrez Pedraza, acudió a los actos políticos de entrega de obra pública de su hermano el excalde Pascual Chárrez, se describió que no fue únicamente como espectador, se confirmó que este hacia uso de la voz e incluso se comprometió a gestionar más obra pública como lo refiere un spot y videos del evento público.
En su oportunidad el magistrado David Avante, consideró que este expediente tiene un largo historial, que comenzó desde marzo de 2020, pero se fue acumulando a los largo de los meses; sin embargo, debía declararse la invalidez desde que se “identificó que el candidato se benefició de los anuncios de obra pública por parte del Ayuntamiento”, consideró.
Aclaró que está condicionante que tuvo el candidato, fue objeto de estudio porque el candidato en efecto ganó, y se demostró que obtuvo ventaja para poder ganar.
Y añadió que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que quienes tienen «la calidad de servidores públicos tienen la responsabilidad de asegurar condiciones de igualdad y equidad”, lo cual no ocurrió en el caso de Ixmiquilpan.
Refirió que en este artículo fue usado por el excandidato del PT para su defensa, pues él no era servidor púbico; sin embargo, se le confirmó que si fue el beneficiario, además de que se advierte que hubo un servidor público que defraudó a la ley.
Es así como se solicitó que el candidato no pueda volver a competir en la contienda nuevamente porque incurrió en faltas graves.
La magistrada residente Marcela Elena Fernández coincidió que “no fueron hechos aislados, sino una estrategia sistemática que vulnero el proceso electoral”.
Pero acotó que como lo indica el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en este caso se acreditó la utilización de recurso públicos en campañas electores por lo que se dará vista al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) para que inicie el proceso sancionador contra Vicente Chárrez, para que no pueda participar en las elecciones extraordinarias.