El director de la Comisión de Agua y Alcantarillado del Municipio de Tulancingo (CAAMT), Enzo Nuvolari Balderas Castro, ha sido objeto de constantes señalamientos por presuntamente utilizar la infraestructura y el trabajo operativo del organismo para autopromocionar su imagen en redes sociales.
Diversos ciudadanos, incluidos trabajadores del organismo, acusan al funcionario de “adelantarse” a los tiempos políticos, aprovechando las labores institucionales de la dependencia con tintes de proyección personal de cara al próximo proceso electoral.
A través de sus cuentas digitales y de la propia CAAMT, el funcionario difunde de manera recurrente contenido donde se le observa supervisando de forma directa los canales y los trabajos de desazolve de calles durante los días de lluvia. Aunque estas acciones forman parte de las obligaciones cotidianas del organismo, la narrativa visual y escrita de las publicaciones tiende a centrar la atención en su figura, una práctica interpretada a nivel local como una campaña personalizada con recursos del erario.
Esta constante exposición en plataformas digitales contrasta con el descontento social generado por las deficiencias en el servicio. Apenas el pasado lunes, habitantes de las colonias Las Américas, Santa Fe y La Virgen se manifestaron en las instalaciones de la presidencia municipal para exigir la instalación de un sistema de drenaje sanitario, evidenciando las carencias del sector.
El malestar ciudadano crece debido al contexto político actual, ya que Balderas Castro es considerado de manera abierta como uno de los aspirantes a ocupar cargos de representación popular en las elecciones venideras. Su doble rol como administrador de un servicio básico y aspirante político ha despertado suspicacias sobre un posible ventajismo al capitalizar necesidades críticas del municipio, como el desabasto de agua o la prevención de inundaciones, para ganar simpatía electoral.
Estas acciones podrían contravenir el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual prohíbe estrictamente que la propaganda gubernamental incluya nombres, imágenes o símbolos que impliquen la promoción personalizada de cualquier servidor público.
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