La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar la sentencia en la que impone una multa al partido Nueva Alianza Hidalgo por la presunta omisión de destinar financiamiento para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Dentro de la sesión plenaria donde resolvieron el medio de impugnación promovido por el partido político, los magistrados electorales resolvieron parcialmente fundado el recurso de apelación en contra del Consejo General del Instituto Nacional Electoral con motivo de las sanciones impuestas por irregularidades advertidas en los informes anuales de ingresos y gastos del ejercicio 2021.
De acuerdo con lo expuesto y con base en las pruebas presentadas por el inconforme, se advirtió que las capacitaciones efectuadas fueron congruentes con la finalidad pretendida y con el programa anual de trabajo, de tal forma que el costo generado para ello, debía ser tomado en consideración en el cumplimiento de la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Caso contrario se resolvió en el recurso de apelación interpuesto por el Partido del Trabajo donde, de manera unánimemente, los magistrados decidieron confirmar las sanciones que impuso el Consejo General del Instituto Nacional Electoral por irregularidades encontradas en la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2021.
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