LA ABOGACÍA EN TIEMPOS REVUELTOS
Desde lo regional
Solo suplico una cosa a Su Majestad: ordene, bajo grave condena, que no
se permita a ningún abogado venir a esta tierra: porque no solo son malvados
y corruptos por sí mismos, sino que consiguen idear mil fechorías.
Vasco Núñez de Balboa.
Tiremos a los abogados al río.
Napoleón.
No descansaré hasta que cada alemán comprenda
que es una vergüenza ser abogado.
Adolfo Hitler.
La primera cualidad del abogado, debe ser la hombría de bien, preciándose igualmente de la mayor probidad, y procurando que el honor y la pureza de su modo de pensar, sean siempre la regla cierta de sus acciones y conductas, pues solo así se granjeará la estimación de los jueces y magistrados, y la confianza pública.
También debe estar versado e instruido en la jurisprudencia, para poder conocer lo justo e injusto, por no exponerse a defender cosas que no estén fundadas en equidad o justicia.
Pero, como para que el abogado ejerza dignamente su profesión, es necesario que conozca la nobleza e importancia de sus funciones, igualmente que toda la extensión de sus obligaciones y empeños.
Los abogados concurren de un modo particular a la administración de justicia, que es una de las más esenciales obligaciones de los soberanos, respecto de sus pueblos, y la parte más necesaria del gobierno civil, para la conservación del buen orden y quietud pública.
Por esa razón pueden ser llamados los primeros oráculos de la justicia, porque los habitantes de las provincias más remotas, los grandes de la nación, y hasta los mismos extranjeros los consultan, como sabios intérpretes del derecho, sometiendo a su examen los negocios más importantes y sagrados, para sostenerlos o abandonarlos, según su dictamen. De manera que ejercen en su misma casa una especie de magistratura privada, fundada sobre la confianza y estimación de sus clientes, que transigen sus derechos e intereses por sola la exposición de su parecer. (Ciencia del Foro o Reglas para formar un abogado. Madrid, 1794.)
Os ruego, abogados del mañana que recojáis el testigo de los custodios benevolentes, para ser sinceros con vosotros mismos y con la sociedad sobre aquellas áreas de práctica jurídica que verdaderamente deben preservarse para los abogados en interés de los clientes. Deberíais trabajar en el Derecho en interés de la sociedad y no de los abogados. Debéis lograr, en conciencia, que puedan ofrecerse servicios jurídicos de manera responsable y fiable, por personas que no sean abogados, que se celebre el acceso a la justicia y se aprovechen vuestros talentos creativos y empresariales para encontrar otras maneras de que el conocimiento jurídico, y la experiencia, puedan aportar un valor único a vuestros clientes.
El derecho no está ahí para proporcionar un medio de vida a los abogados. No es el fin de Derecho el garantizar que los abogados continúen en su oficio. El propósito de los abogados es ayudar a cubrir las necesidades de Derecho a cualquier sociedad. (Richard Susskind, El abogado del mañana. Madrid, 2020.)
Es tema viejo. Fantasma de la abogacía. De cuando en cuando lo visibiliza el comportamiento de su víctima. Los epígrafes utilizados, uno con cuatrocientos años, doscientos el otro, y menos de cien el último, confirman su permanencia en diversos espacios. A los párrafos transcritos, los separan más de dos siglos. Tan vigentes ambos. En tiempos revueltos son útiles para la abogacía mexicana.
Pero la actualidad requiere, más que esto: un análisis serio y crítico de la profesión jurídica.
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