Recién aparecieron en el ambiente de lo jurídico dos situaciones inquietantes, por no llamarles preocupantes: una de orden internacional y otra del espacio doméstico, ambas incidentes en el orden jurisdiccional. Pueden ser el preámbulo de un cambio en sentido contrario a esa aspiración de la justicia universal.
La primera es el anuncio del secretario de Estado de los Estados Unidos de América, de una campaña para desmantelar la Corte Penal Internacional (CPI) con el propósito de evitar su jurisdicción y sostener la aplicación única de la justicia norteamericana cuando de juzgar a personas de esa nacionalidad se trate.
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Ese mensaje del señor Marco Rubio anuncia claramente la decisión de desconocer un organismo destinado a juzgar crímenes de lesa humanidad conforme al Estatuto de Roma firmado por 137 países – México lo ratificó en 2005 -, integrado por 18 personas juzgadoras de diversas nacionalidades, entre ellas actualmente la jurista mexicana Socorro Flores Liera.
Bien puntualiza Jesús Coronado, presidente de la Comisión de Derecho Penal Internacional del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México: se trata de un pronunciamiento político no jurídico, sumado a otros recientes con el ánimo de descalificar a un órgano impartidor de justicia creado para castigar los más graves delitos cometidos por el ser humano: genocidio y crímenes de guerra, entre otros.
En ese contexto recuérdense las sanciones del gobierno de los EEUU a los jueces de la CPI, en su patrimonio, y los ataques del de Rusia, en respuesta a sus decisiones relativas a las intervenciones en Palestina y Ucrania; denunciadas por su presidenta Tomoko Akame.
Las recientes afirmaciones del secretario Rubio no admiten lugar a duda: la CPI es una amenaza para la soberanía estadounidense; la acusó de librar una guerra contra su país con estatutos, pactos y la fuerza “de lo que llaman el derecho internacional”, y llamó a sus aliados a desmantelarla, emprendiéndola en principio contra sus integrantes.
Vamos a lo nuestro. En 1980 el Senado de la República ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos once años después de haberse firmado, en 1980; pero fue hasta la sentencia del caso Radilla Pacheco, cuando, a pesar de notables resistencias, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se hizo cargo, en 2011, de la obligatoriedad de su cumplimiento, iniciando así la ruta de la justicia mexicana a la aplicación del control de convencionalidad, es decir el acatamiento a resoluciones de un tribunal supranacional.
Más recientemente, en 2022, la Corte Interamericana condenó al Estado mexicano a la adecuación del régimen de la prisión preventiva oficiosa por ser incompatible con la Convención Americana. Esa disposición no ha sido resuelta por el Congreso de la Unión y se mantiene como uno de los temas de mayor tensión con el sistema interamericano de derechos humanos.
El nuevo Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación, creado por la Reforma Judicial, ha iniciado procedimientos disciplinarios a juezas y jueces federales en cuyas sentencias aplicaron aquella determinación de la Corte Interamericana; esto es, ejercieron el control de convencionalidad.
Se percibe en esa decisión la voluntad política de separar a la justicia de nuestro país de las normas internacionales aceptadas y ratificadas conforme a los procedimientos constitucionales del Estado.
Si todo aquello es así, se advierte en el mundo una ola con impulso diferente al de privilegiar los derechos humanos sobre fronteras y nacionalismo, antes de señalarla en franco sentido contrario al recorrido durante las dos recientes décadas.
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El tema no es menor; obliga a la reflexión inteligente, primero para vislumbrar los escenarios inmediatos, luego calcular el calado de la realidad y, obligado, imaginar otras fórmulas políticas, jurídicas y sociales para remontar la coyuntura y evitar el retroceso.
Empecemos por aceptar la nueva geopolítica del planeta, el desgaste de la globalidad y el resurgimiento de los regionalismos. Ante eso poco se puede. Tampoco se trata de volver a una agenda donde simplemente el rubro se elimine.
Por eso conviene tener muy presente la reforma constitucional de 2011, aún con sus debilidades, por la cual el Título primero de la Constitución General de la República se llama De los Derechos Humanos y sus Garantías, un enunciado de alcance histórico, tanto como el de la propia Constitución, por todo su largo y tortuoso antecedente.
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