Actividad jurisdiccional: valor democrático
Nomografía
En días recientes, la discusión en el ámbito público se ha centrado preponderantemente en la controversia suscitada entre el Ejecutivo Federal y el Poder Judicial de la Federación en el marco de la decisión del Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa de suspender temporalmente la aplicación de la recién aprobada reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, derivando incluso en ciertas alusiones por parte del Presidente de la República respecto al Ministro en retiro José Ramón Cossío Díaz, a quien señaló como uno de los responsables de dicha suspensión.
Ante esta coyuntura se torna especialmente relevante realizar un ejercicio de reflexión en torno al impacto de una mala relación entre el Poder Judicial y el Ejecutivo Federal, ya que una dinámica sostenida de distanciamiento y encono institucional entre dichos poderes representa una amenaza directa en perjuicio de la consolidación democrática y del Estado de Derecho en nuestro país.
Uno de los principales valores tutelados en la Constitución es precisamente el principio de división de poderes, el cual implica una piedra angular de nuestro sistema democrático, erigiéndose como un límite fundamental en el ejercicio de las funciones de quienes ostenten cargos públicos, de tal suerte que no puedan cometer abusos de poder. En tal virtud, el principio de división de poderes funge como instrumento específico para los fines del bien común y el ejercicio de las libertades.
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En dicho contexto es que surge un ambiente de profunda preocupación en torno a las señales de desencuentro entre la actual administración y los distintos actores del Poder Judicial. No obstante lo anterior, vale la pena remitirnos a las manifestaciones de cooperación y diálogo institucional entre ambas instancias que han derivado en acciones en beneficio del país y de la consolidación del Estado de Derecho.
Específicamente, el pasado 11 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma constitucional que impacta el funcionamiento del Poder Judicial. Dicha reforma contempla nuevas disposiciones encauzadas al combate a la corrupción, al nepotismo, a la impunidad y al acoso sexual al interior del propio Poder Judicial, al tiempo de impulsar la paridad de género como política pública en el ámbito de la carrera judicial. Resulta relevante advertir que dicha reforma no hubiese sido posible sin la apertura de distintos espacios de diálogo y consenso impulsados por el Congreso de la Unión, el Ejecutivo Federal y el propio Poder Judicial.
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En tal escenario, resulta evidente que la consolidación del Estado democrático de derecho como paradigma constitucional en nuestro país habrá de transitar, inexorablemente, por el camino del diálogo y respeto institucional entre Poderes de las Unión. Lo anterior, en estricto apego y aplicación de los valores y principios tutelados en la Constitución, a partir de los cuales la división de poderes juega un papel fundamental en la articulación del bien colectivo.
EMILIO SUÁREZ LICONA
CONSULTOR Y PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD PANAMERICANA
@EMILIOSL