Se hizo viral la noticia que en Coahuila una mujer fue vinculada a proceso por el delito de violencia vicaría en contra de su ex pareja. La situación ha generado un fuerte debate entre feministas y abogades porque de acuerdo a los precedentes que la Corte ha emitido, este tipo de violencia sólo puede ejercerse de un hombre a una mujer, utilizando a una tercera persona para generar el daño.
Así que claro que fue un escándalo que una de las primeras vinculaciones a proceso, que ojo, no quiere decir que la mujer ya ha sido condenada, sino que hay pruebas suficientes para llevar un juicio, fuera una mujer.
El gran problema es que la manera en que está redactado el delito de violencia vicaría en Coahuila, permite que justo este tipo penal pueda ser aplicado a cualquier persona, sin importar el género.
Cuando la Corte se pronunció por el tema que fue en el estudio de la reforma al Código Penal y a la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia de San Luis Potosí, mencionaron que no se había generado una situación de discriminación porque hombres y otros tipos de familias,que afrontarán una situación similar se encontraban protegidos por medio del delito de violencia familiar y que era importante tener el tipo penal específico para visibilizar este tipo de violencia contra las mujeres.
Sin embargo, aunque las decisiones de la SCJN deberían marcar un precedente de orientación obligatoria para todos los Congresos que van a legislar sobre el tema, lo cierto es que pocas veces prestan atención y en un principio de libertad configurativa han creado este tipo penal como mejor les place.
Aunque podríamos tener un debate profundo sobre si es posible esencializar la violencia de género, considero que nos distrae del problema principal que es lo ineficaz que ha resultado la apuesta del Estado en solucionar la violencia de género a través del derecho penal.
Las reformas que se han aprobado en el país siempre se han presentado en la tribuna como el medio para terminar con esta violencia, algo para lo que el derecho penal no está diseñado. Como la ultima ratio , el mensaje que está de fondo es el fracaso del Estado para atender el problema y solo brindar una solución punitiva para que quien no pudo ser protegido pueda “acceder a la justicia”.
Si algo tenemos las feministas críticas del derecho y los feminismos, es que el derecho penal nunca opera a favor de las mujeres y otros sujetos feminizados y la terrible situación de la que estamos siendo testigues, es la prueba. El derecho penal siempre trabajará del lado del machismo, el racismo, el clasismo, el patriarcado.
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