TEEH sanciona a administradora de página de Facebook: irá al registro nacional por violencia política de género

TEEH sanciona a administradora de página de Facebook: irá al registro nacional por violencia política de género

El Tribunal Electoral de Hidalgo determinó que tres publicaciones en Facebook reprodujeron estereotipos de género contra una servidora pública y ordenó una disculpa pública.

Socorro Ávila
Julio 16, 2026

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó la inscripción al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género a Yuri Ruiz Arriaga como administradora de la página de Facebook “Tezontepec al día” por realizar publicaciones cargadas de estereotipos de género en contra de una servidora pública.

Al resolver un Procedimiento Especial Sancionador de 2025, las magistraturas coincidieron en amonestar públicamente a la administradora de esta página, ordenar una reparación integral y garantías de no repetición, así como emitir una disculpa pública, sin que ello la exonere de su inscripción como responsable de violencia política en razón de género.

De acuerdo con la demanda, la responsable publicó contenido con expresiones sustentadas en estereotipos de género que trascienden los límites constitucionales de la libertad de expresión y tuvieron como finalidad menoscabar los derechos político-electorales de la denunciante, de quien se reservaron los datos.

El órgano jurisdiccional acreditó la denuncia en tres publicaciones en las cuales no se acreditó una crítica a los asuntos políticos o relacionados con las funciones de su encomienda, sino por el contrario, hacen referencia a la vida privada, afectiva y sexual de la denunciante.

Así mismo, se atribuye el ejercicio del poder a diversas figuras masculinas reproduciendo estereotipos para deslegitimar la participación de las mujeres en espacios públicos, se hacen señalamientos a la persona de carecer de autonomía para ejercer el cargo y que sus decisiones dependen de figuras masculinas, además de cuestionar su honorabilidad.

Tras el análisis, los magistrados coincidieron que estas publicaciones no buscan informar ni fomentan el debate democrático, sino por el contrario, desacreditan a la persona con estereotipos de género.

Además de la sentencia en contra de la administradora, el Tribunal ordenó al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo que, en futuras substanciaciones, observe el principio de celeridad para salvaguardar el derecho de una tutela efectiva, esto ya que las primeras diligencias corresponden al órgano electoral y el asunto es de 2025.

crs

Banner Entretenimiento