SCJN despenaliza el aborto en todo el país

Por violar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el castigo penal por abortar de manera voluntaria.

Por unanimidad, los ministros del pleno de la SCJN invalidaron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que imponía de uno a tres años de cárcel “a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento”.

Este martes tocaba el turno de tres de los 11 ministros para emitir sus pronunciamientos sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila.

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“No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo”,

argumentó el proyecto del ministro Luis María Aguilar.

Sin embargo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no estuvo presente por “causas de fuerza mayor”, según explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat destacó en su intervención que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.

“A la luz de la Constitución, que no prohíbe el aborto, ¿puede el Estado castigarlo? Al castigarlo sanciona una conducta enraizada en una serie de derechos que posee la mujer y las personas con capacidad de gestar, y que participan de la decisión de abortar, como el derecho a la dignidad humana, a la autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva. Es decir, sancionar la interrupción voluntaria del embarazo implica un límite a todos estos derechos humanos”,

señaló.

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“Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”,

agregó.

Por ello, votó a favor de la propuesta del ministro Aguilar Morales, a quien exhortó a profundizar más sobre la ponderación del derecho a decidir y el derecho a la vida.

Arturo Zaldívar expresó que este martes 7 de septiembre era un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes.

“A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal Constitucional no solo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país»,

aseguró.

“A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal Constitucional»,

mencionó el ministro presidente.

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