La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la cantidad de a 2 millones 325 mil 438.11 pesos.
De acuerdo con el medio de impugnación promovido por el PRI, en el acuerdo de revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido correspondientes al ejercicio dos mil veinte, se señaló la supuesta omisión de recibir aportaciones de militante de forma individual y directa al órgano responsable del partido y en las cuentas aperturadas exclusivamente para dichos recursos.
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La sanción que impuso el INE era equivalente a 2 millones 325 mil 438.11 pesos, pero de acuerdo con la Sala Toluca, la norma no le impone mayores requisitos que deba cumplir en relación con estas aportaciones por lo que dejó sin efectos la multa impuesta en la que se ordenaba una reducción del 25 por ciento a las ministraciones mensuales hasta cumplir con la cantidad.
Los magistrados consideraron que la propia autoridad fiscalizadora consideró válida esa forma de operaciones al revisar los informes de gastos de ingresos.
Por otra parte, la Sala Toluca desechó las inconformidades del PRI respecto de otras sanciones impuestas en las que el INE observó al Partido la omisión de destinar el porcentaje mínimo del financiamiento público ordinario otorgado en el ejercicio 2020 para el desarrollo de actividades específicas relacionadas con la promoción y participación de las mujeres en la vida política.
La excusa del tricolor fue que por motivos de la pandemia sanitaria no se direccionaron los recursos a estas acciones, sin embargo, los magistrados consideraron que más allá de que la pandemia impidiera llevar a cabo todos sus actos programados, está obligado a llevar a cabo sus actividades de promoción y liderazgo de las mujeres.
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