Proponen por segunda ocasión tipificar la pederastia en Hidalgo

La diputada Claudia Lilia Luna Islas presentó una iniciativa para tipificar la pederastia en el Código Penal de Hidalgo.

Proponen por segunda ocasión tipificar la pederastia en Hidalgo

La diputada Claudia Lilia Luna Islas retomó la iniciativa para incluir el delito de pederastia en el Código Penal de Hidalgo, con penas de hasta 20 años de prisión.

Socorro Ávila
Febrero 24, 2026

La diputada local Claudia Lilia Luna Islas retomó la propuesta legislativa para incluir en el Código Penal del Estado el delito de pederastia con penas de 15 a 20 años de prisión, mismo que fue presentado en octubre del año pasado por el diputado Marco Antonio Mendoza Bstamante y solicitó que pueda ser aprobada en este periodo legislativo.

Aunque las iniciativas tienen similitudes, el proyecto recién presentado por parte de la legisladora del Partido Acción Nacional (PAN) incluye diferentes tipos de agravantes para aumentar la pena impuesta hasta en una mitad.

La definición propuesta considera incluir en el Código Penal del estado que cometerá el delito de pederastia quien, aprovechándose de una relación de autoridad, confianza, subordinación o superioridad que tenga sobre una persona menor de edad, realice actos sexuales o ejecute cópula con la víctima.

Estos tipos de relación son en casos de parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, o de funciones docentes, religiosas, laborales, médicas, culturales, deportivas, domésticas o de cualquier otra que implique una posición de poder sobre la persona menor de edad.

La legisladora expuso que además de ello, se debe establecer que aún cuando exista un consentimiento otorgado por la persona menor de edad, esto no deberá excluir la configuración del delito.

Al igual que la propuesta del diputado Marco Mendoza Bustamante, las penas propuestas son de 15 a 20 años de prisión y multas de 750 a 2 mil 250 veces el salario mínimo vigente.

Entre las agravantes propuestas se incluye cuando el delito se cometa con violencia física o moral, la víctima sea menor de doce años de edad, cuando se cometa por dos o más personas; si el sujeto activo se valga de su empleo, cargo, comisión, profesión o ministerio religioso para consumar el delito o asegurar su impunidad o cuando se cometa de manera reiterada.

crs