Presentan iniciativa en Hidalgo para castigar el abandono de cónyuge con prisión

El diputado local de Morena, Julián Nochebuena Hernández, presentó una iniciativa par castigar el abandono de cónyuge

Presentan iniciativa en Hidalgo para castigar el abandono de cónyuge con prisión

De acuerdo con el legislador Julián Nochebuena, mediante la tipificación de este delito, se protegen la vida y la integridad física de la esposa o esposo incapaces de valerse por sí mismos

Socorro Ávila
Febrero 21, 2025

El diputado local de Morena, Julián Nochebuena Hernández, presentó al Congreso del Estado una iniciativa de reforma al Código Penal local para establecer una pena de hasta cinco años de prisión a la persona que abandone a su cónyuge y que no cuente o sea incapaz de obtener los medios que le permitan la subsistencia digna.

El legislador expuso que, mediante la tipificación de este delito, se protegen la vida y la integridad física de la esposa o esposo incapaces de valerse por sí mismos y llevan también implícitos el deber de cuidado y solidaridad del cónyuge obligado.

La propuesta pretende establecer que aquella persona que, sin motivo justificado, abandone a su cónyuge el cual se encuentre incapaz de cuidarse a sí mismo, en estado de enfermedad, o sin recursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de 1 mes a 5 años de prisión, o de 180 a 360 días multa.

El delito de abandono de cónyuge se perseguirá a petición de la parte agraviada y, cuando proceda, el Ministerio Público promoverá la designación de un tutor especial que represente a la víctima del delito, ante el Juez de la causa, quien tendrá facultades para designarlo.

Cuando la esposa o esposo no cuente con facultades mentales suficientes, estos hechos podrán ser denunciados por cualquier otra persona, iniciando así la investigación correspondiente y adoptando las medidas necesarias.

La propuesta del legislador considera que, en caso de concederse el perdón al cónyuge, se podrá otorgar la libertad siempre y cuando se paguen todas las cantidades que hubiere dejado de ministrar por concepto de alimentos.

No obstante, si el abandono resulta en alguna lesión o la muerte del cónyuge, se considerará el abandono como acciones premeditadas para aplicar las sanciones a los delitos que correspondan.