El Senado aprobó por unanimidad una reforma que impedirá a deudores de pensión alimenticia tramitar documentos como el pasaporte, la licencia de conducir o la credencial para votar.
La reforma a la Ley de General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, que aprobó el Senado, creará el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Con esta modificación, se harán públicos los nombres de las personas deudoras o morosas de la respectiva pensión alimenticia que beneficia, en última instancia, a los infantes.
“Para volver a casarse, comprar o vender inmuebles, tramitar licencia de conducir, pasaporte o INE; contender por puestos de elección popular, cargos como jueces o ministros, será necesario obtener un certificado de no deudor moroso”, afirmó durante la sesión la senadora morenista y exsecretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero.
“Es un paso gigantesco en la protección de los niños, niñas y adolescentes”, agregó.
La propuesta, avalada con 86 votos y enviada al Ejecutivo federal, plantea crear un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de las personas deudoras alimentarias, a fin de dotar de una efectiva protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
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Trámites que no podrán realizar deudores de pensión alimenticia
Además, se emitirá un certificado de no inscripción en esta base de datos, que será requisito para realizar trámites como:
- Obtención de licencias para conducir
- Pasaportes
- Participación en candidaturas de elección popular
- No podrán participar en procesos de selección para ser jueces
- No podrán realizar trámites ante notario público para la compra y venta de inmuebles
- Tendrán restricción migratoria
- Los jueces civiles deberán solicitar el certificado de no registro en solicitudes de matrimonio
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