En su ensayo La construcción de la legitimidad de las cortes constitucionales en América Latina (La jurisdicción constitucional en América Latina II, tirant lo blanch, Valencia 2025) el constitucionalista mexicano Roberto Niembro explora las vías utilizadas por los altos tribunales de la región para construir su legitimidad.
Apunta dos: comunicación y acercamiento con la ciudadanía, y la argumentación de sus sentencias. Para explicar esa legitimidad la distingue en tres planos, siguiendo la propuesta de Richard H.Fallon: sociológica, legal y moral.
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Acota la primera a los medios utilizados por las cortes para acercarse y dar a conocer sus sentencias entre la ciudadanía, para ser “aceptadas como merecedoras de respeto u obediencia, o en un sentido más débil que se actúe de conformidad con ellas”, dice, citando al profesor de Harvard.
Para Niembro la legitimidad es un ideal práctico, sustento de la autoridad de las altas cortes, permitiéndoles imponer obligaciones legales; no es, añade, un hecho incontestable ni debe darse por descontada, es gradual y varía con el tiempo. Su búsqueda, observa, parte de la carencia de legitimidad democrática, a diferencia de los poderes popularmente electos.
De ahí, explica, la teoría constitucional basa esa legitimidad en la justificación legal y moral de sus sentencias; la considera suficiente “pues no puede radicarse únicamente solo en la experticia de los jueces en Derecho o en la supuesta corrección de su argumentación.
Para ilustrar su perspectiva, el autor hace recuento de las fórmulas adoptadas por las cortes constitucionales de la región, con sus diversas vías en búsqueda de la legitimidad sociológica mediante la comunicación y el acercamiento con la ciudadanía. En ese estudio comparado destacan el uso de la tecnología y las redes sociales, los encuentros académicos nacionales e internacionales, y la divulgación de actividades y proyectos.
A mayor detalle presenta el caso mexicano, un arco de proyectos de largo aliento, y otros como el de las casas de la cultura jurídica, acorde al modelo federal, diseñados con la lógica de cercanía social en todos los estados de la república para mantener un vínculo permanente de las entidades federativas con el Poder Judicial Federal.
Al momento de redactar el doctor Niembro su referido texto, México no había reformado su Constitución para elegir a las judicaturas federal y locales mediante el voto directo, con fundamento en el razonamiento político de trasmitir el ejercicio del Poder Judicial mediante similar procedimiento al empleado para elegir al Legislativo y al Ejecutivo, no obstante tratarse de un poder contramayoritario.
Es el caso de tener hoy en nuestro país una Suprema Corte de Justicia elegida por el voto de la ciudadanía. No obstante ese proceso democrático directo, ha surgido del tribunal constitucional un propósito innovador de materializado con un formato peculiar de cercanía social, cuya primera expresión tuvo una connotación indigenista, caracterizada más por simbolismos y discursos, no por novedosos razonamientos jurídicos a ser considerados el punto de partida de una nueva época de la justicia constitucional mexicana, como hubiera sido la utilización de un lenguaje claro, sin tecnicismos en las exposiciones, traducible a las lenguas de los pueblos originarios.
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Será muy interesante conocer la opinión de un experto como Roberto Niembro, acerca de esta propuesta disruptiva estrenada en Chiapas, frente a la crítica mordaz – y hasta la hilaridad – provocada y mostrada en medios y redes sociales, espacios donde se privilegiaron imágenes y expresiones, y lo menos atendido fue la trascendencia de la sentencia votada en la órbita de nuestro federalismo.
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