Lenguaje del poder y derecho a comprenderlo

Lenguaje del poder y derecho a comprenderlo

DESDE LO REGIONAL

Raul Arroyo
Octubre 13, 2025

En la Segunda Convención de la Red Panhispánica de Lenguaje Claro y Accesible, Santiago Muñoz Machado, destacado jurista hispano, entregó su más reciente libro, el título lleva la centralidad del tema: El derecho a comprender el lenguaje del poder (Espasa, 2025), continuación de su anterior, Fundamentos del lenguaje Claro (Espasa, 2024).

El director de la Real Academia Española traza el panorama de lenguaje claro particularizando en el surgido de los poderes públicos y privados. Advierte abordar un tema recurrente, el lenguaje del poder, estudiado por historiadores, juristas, sociólogos y lingüistas, actualizado por movimientos intelectuales y sociales globales, exigentes de claridad al Estado y a cualquier organización dominante en sectores económicos.

El académico lanza la pregunta ¿cómo mejorar en beneficio de la ciudadanía la calidad e inteligibilidad del lenguaje del poder? advierte la difusa conciencia social de ese lenguaje, no común de los ciudadanos, el cual adolece de oscuridad patente, sino negrura o tenebrosidad, en casos de la Justicia, imputación y lastre arrastrado desde siglos, y recuerda, alertaron especialistas, y la literatura en general, donde encontraron un apreciable argumento narrativo y dramático.

Establece lo menos atendido, otro aspecto de la exigencia de claridad, toral en su estudio: la construcción del derecho fundamental a comprender las normas, resoluciones y comunicaciones dirigidas a la ciudadanía. No es, subraya, cortesía ni concesión, graciosa; es, el cumplimiento de una obligación correlativa al derecho subjetivo a comprender.

También apunta la diferencia entre las emisiones de cada uno de los tres Poderes del Estado, y la necesidad de estudiarlos por separado. Advierte la ausencia de aquel derecho en las cartas constitucionales, y plantea determinar si es nuevo, falto de reconocimiento expreso o posible de estar comprendido en otros de rango constitucional.

Su conclusión es la existencia de ese derecho fundamental y su régimen, en la jurisprudencia europea y estatal derivada de la normativa del régimen jurídico de la Unión Europea; y en normas especializadas en transparencia, protección de datos y seguridad de consumidores.

En nueve capítulos aborda el origen de la incomprensión de las normas, la justicia y el gobierno, la retórica reformista de los ilustrados generadora de leyes oscuras e inmanejables, la marcada insuficiencia de los diagnósticos sobre los fundamentos lingüísticos de la oscuridad, la constitucionalización de un derecho a la claridad, principios, valores y normas, el derecho a la claridad de la ley, el derecho a la justicia comprensible, una buena administración pública clara, la claridad en el caso de actividades y servicios privados de interés general, y fragmentos de un programa de actuación.

De lectura ágil, la posibilita una redacción concisa, apunta a la órbita del constitucionalismo, donde Muñoz Machado lo coloca ahí generando el reto de imaginar y lograr su inclusión en las cartas supremas de los países panhispánicos, objetivo natural producto del rápido tránsito del lenguaje claro y accesible al espacio de los derechos humanos.

Conocedor de la evolución democrática hispanoamericana, asume lo revolucionario de la propuesta al ser el lenguaje claro, asunto hasta hace poco, sin el interés institucional en el ejercicio de competencias. El ciudadano, explica, recibía tratamiento imperativo y exigencia de cumplir normas, sentencias y resoluciones administrativas sin entenderlas. Su visión es un cambio de paradigma paulatino, sin duda de su trascendencia.

Para realizar las obligaciones y derechos concernientes a la claridad, requiere aportaciones intelectuales, añadidas a las desarrolladas por los poderes implicados con sus propios medios. Levantemos el guante de Santiago.

Sigue nuestro CANAL ¡La Jornada Hidalgo está en WhatsApp! Únete y recibe la información más relevante del día en tu dispositivo móvil.

mho