La reciente reforma a la Ley General de Población encendió dudas entre la ciudadanía tras la creación de la CURP biométrica, un nuevo formato de identificación que incorpora datos personales sensibles como huellas dactilares y fotografía.
Aunque el cambio ya fue aprobado por el Congreso y publicado en el Diario Oficial de la Federación, una de las preguntas más frecuentes es si este nuevo documento será obligatorio para todas las personas en México.
La respuesta corta es no, pero el alcance de la reforma va más allá del trámite individual y tiene implicaciones legales y administrativas importantes.
¿Qué es la CURP biométrica y para qué servirá?
La CURP biométrica es una versión ampliada de la Clave Única de Registro de Población que mantiene la estructura alfanumérica de 18 caracteres, pero añade información biométrica para fortalecer la identificación de las personas.
A los datos tradicionales como nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, sexo o género y nacionalidad, se suman huellas dactilares y una fotografía. Este nuevo formato podrá emitirse tanto en versión física como digital.
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La reforma también vincula la CURP biométrica con acciones de búsqueda y localización de personas desaparecidas, al integrarla en una base de datos interoperable que podrá ser consultada por autoridades de seguridad y procuración de justicia.
¿Es obligatorio tramitar la CURP biométrica?
Aunque la CURP es un identificador obligatorio para realizar trámites en México, la ley establece que la incorporación de datos biométricos solo podrá realizarse con el consentimiento expreso de la persona titular.
Esto significa que nadie puede ser obligado a proporcionar huellas dactilares o fotografía para este nuevo formato.
Lo que sí será obligatorio es que las dependencias públicas y los organismos privados acepten este documento cuando una persona decida presentarlo como identificación.
¿Qué otras funciones tendrá la CURP biométrica?
La reforma al Artículo 91 Bis de la Ley General de Población amplía el uso de la CURP biométrica más allá de los trámites administrativos. Entre sus principales funciones destacan:
- Monitoreo en tiempo real para apoyar la detección de posibles casos de desaparición de personas
- Consulta de datos por parte de la Fiscalía General de la República, fiscalías estatales y autoridades de seguridad pública
- Integración con el Registro del Sistema Nacional de Salud y otros sistemas nacionales
- Interoperabilidad entre instituciones públicas y, en ciertos casos, particulares que administren información biométrica
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