El Congreso de Hidalgo aprobó incluir entre las conductas consideradas como actos de discriminación, el negar el acceso de los perros guías o animales de servicio de las personas con discapacidad a todos los espacios.
Luego de establecer que la necesidad de contar con un perro guía no es exclusivo de aquellas personas que tienen alguna discapacidad visual, pues también usan los servicios de estos animales quienes sufren de una discapacidad motriz, auditiva y a quienes padecen diabetes, epilepsia o autismo.
No obstante, dichas personas deben enfrentarse a barreras de libre acceso a lugares públicos y privados como oficinas de gobierno, restaurantes, supermercados, transporte, hoteles, entre otros espacios, acciones que evidentemente anulan por completo el ejercicio de sus derechos.
Estos perros han sido especialmente adiestrados para ayudar a las personas tanto dentro de su hogar como en la calle y saben perfectamente como deshacerse de un obstáculo, caminar en una línea totalmente recta marcado por el paso del dueño en cuestión, alertarle cuando hay una banqueta, el comienzo de escaleras, los desniveles del pavimento, y desde luego tomar decisiones en caso de que haya algún tipo de peligro.
Pueden incluso llegar a desobedecer a su dueño con tal de salvarlo, como por ejemplo si se aproxima un vehículo al cruzar una calle.
Por lo anterior, y a fin de garantizar el acceso a todos los espacios, el Congreso local aprobó incluir entre las conductas que se consideran como discriminación y pueden ser susceptibles de sanción, el negar o impedir el acceso a personas con discapacidad o usuarias de perros guía o animal de servicio, en todos los espacios en donde se desenvuelvan.
Lo anterior tras reformar el artículo 11 Bis de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo.
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