Elecciones 2024: IEEH determinará nuevamente municipios en los que debe postularse una mujer

El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) emitir un nuevo acuerdo en el que determine los municipios en los que deberá postularse una mujer para la presidencia municipal, considerando principalmente a los municipios en los que desde la década de 1950 (cuando la mujer tuvo derecho al voto) no ha sido gobernado por mujeres.

Esto, ya que la autoridad, si bien argumentó que desde 1964 al menos 23 alcaldías no han sido presididas por mujeres, el proceso fue llevado a cabo mediante dos procedimientos aleatorios, en donde los partidos políticos eligieron 11 de los 23 listados y nueve del resto de municipios.

“(El IEEH) pierde de vista datos históricos de que no han gobernado mujeres, se dejan excluidos ayuntamientos que no ha sido gobernados por mujeres y se consideran a los que sí”, refiere la sentencia.

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En ese sentido, se ordenó identificar a los municipios que desde que la mujer tiene derecho al voto no han sido gobernados por mujeres y determinar una nueva lista de 20 en la que solo se consideren dichos ayuntamientos; además, deberá justificarse y motivarse la designación de estos.

El consejo general del instituto solo consideró, en el acuerdo IEEH/CG/063/2023 a Eloxochitlán, Emiliano Zapata, Chilcuautla, Lolotla, Tecozautla, Tenango de Doria, Singuilucan, Tepetitlán, Tezontepec de Aldama, Tlahuiltepa y Tlanalapa en el listado, los cuales solo han sido gobernados por hombres, y agregó a Atlapexco, Cardonal, Jacala, Molango, Huazalingo, Omitlán, Progreso, San Agustín Metzquititlán y Tizayuca.

Por otra parte, el tribunal ordenó al Congreso del estado a legislar sobre la postulación de jóvenes menores de 30 años para diputados locales, pero deja muchas lagunas sobre las consecuencias que traería no cumplir con la regla, no hay restricción del número de asignaciones, entre otras cosas.

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Nuevo acuerdo para descontar prerrogativas

En otro tema, respecto al acuerdo IEEH/CG/070/2023 el TEEH ordenó modificarlo respecto a la retención del 50 por ciento de las ministraciones mensuales de financiamiento público, ya que el instituto no justificó por qué determinó ese porcentaje.

La retención deriva de los montos no comprobados por concepto de gastos de campaña y bonificación por actividad electoral de los Procesos Electorales Locales 2020-2021 y 2021-2022, y remanentes de financiamiento público no ejercidos durante los ejercicios fiscales 2018 y 2019.

Aunque Movimiento Ciudadano y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) dijeron que no están en contra de pagar dichos remanentes, el descontarles el 50 por ciento de sus prerrogativas pondría en riesgo sus actividades, por lo que el TEEH consideró fundado el agravio.

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