Carlos Arozqueta se ampara contra posible orden de aprehensión 

El extitular del Secretariado Ejecutivo Estatal de Seguridad Pública, Carlos Emigdio Arozqueta Solís, recurrió al Juzgado Tercero de Distrito para interponer un amparo ante la orden de aprehensión y/o detención y/o retención y/o comparecencia y/o presentación y su ejecución, así como la negativa de las autoridades para tener acceso a la carpeta de investigación en la que presuntamente se le señala de la comisión de un ilícito. 

El expediente registrado con el número 1524/2024 fue admitido el 30 de agosto contra actos del juez de control en materia penal y otras autoridades. 

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Aunque el exfuncionario solicitó la suspensión provisional para que la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH) le diera información sobre si existen denuncias en la que tenga el carácter de imputado, así como la de permitir ejercer su derecho de defensa, el juez consideró negar la suspensión provisional. 

Explicó que la suspensión no procede contra los actos negativos que constituyen abstenciones, negativas simples o prohibiciones de las autoridades, a través de las cuales se rehúsan a hacer algo u omiten efectuar lo impetrado por los gobernados. 

Respecto a la suspensión provisional para la ejecución de cualquier orden de aprehensión, esta fue concedida para el sólo efecto de que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan y no sea privado de su libertad personal con motivo de la orden de aprehensión y/o detención y/o retención y/o comparecencia y/o presentación y su ejecución; y hasta que se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva. 

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No obstante, debe pagar 7 mil pesos para dicha suspensión, cantidad que se fija tomando en consideración el acto reclamado, a las autoridades responsables, al número de ellas, así como a la posibilidad de que la parte quejosa se sustraiga a la acción de la justicia mediante la concesión de la medida cautelar; aunado a que el suscrito carece de elementos para establecer la naturaleza del hecho que la ley señala como delito, por lo que, en su caso se hubiese dictado la orden privativa de libertad reclamada. 

Anteriormente, Arozqueta Solís solicitó la protección de la justicia federal para evitar su detención, pero no le fue concedida, ya que las autoridades señaladas negaron estar en su búsqueda para detenerlo por la comisión de un delito. 

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