Tepeji: interpone amparo candidata del PT contra orden de aprehensión en su contra
La candidata a la presidencia municipal de Tepeji del Río bajo las siglas del Partido del Trabajo (PT), Noemí Zitle Rivas, ingresó el pasado 16 de abril un recurso de amparo en contra de cualquier orden de aprehensión, presentación, detención y/o comparecencia que pudiera emitir el Juzgado en Materia Penal del Sistema Acusatorio y Oral del Primer Circuito Judicial de Pachuca y todos los jueces de control adscritos.
En el expediente registrado bajo el número 624/2024, radicado en el juzgado segundo de distrito, fue informado que el mandamiento judicial ya fue girado, por lo que le fue negada la suspensión provisional solicitada, ya que “le reviste el carácter de consumado y contra el mismo es improcedente la suspensión, pues concederla implicaría la restitución a la parte quejosa en el goce de los derechos fundamentales que estima violados”.
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No obstante, por lo que respecta a las consecuencias del dictado de la orden de presentación, el juez concedió la suspensión provisional para el efecto de que la parte quejosa no sea detenida hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.
Esto, ya que del examen previo y temporal (hasta este momento) practicado al escrito de demanda, es factible legalmente conceder la suspensión en virtud de que la presentación del indiciado a la averiguación previa, o bien a la carpeta de investigación, no constituye un requisito indispensable para la continuación del procedimiento de integración de la indagatoria que se pudiera estar siguiendo a la parte quejosa (en el carácter indicado).
La medida cautelar no impide su trámite para que se concluya y, en su caso, se ejercite la acción penal correspondiente; más aún, se advierte que de no concederse la medida suspensional, el daño o perjuicio por su negativa podría resultar trascendente y de difícil reparación para el solicitante.
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Por otra parte, la suspensión no surtirá efectos en caso de que quien la solicita tenga el carácter de testigo o cualquier otra participación en dicha indagatoria que no sea la de indiciado, pues de ser este el caso, dicha persona deberá presentarse ante la autoridad investigadora y persecutora de delitos, toda vez que en esta última hipótesis, sí se acarrearía un perjuicio al interés social, a la vez que se contravendrían disposiciones de orden público.
Para que la medida cautelar surta efectos, la exdiputada local deberá pagar una garantía por 10 mil pesos, lo que permitirá que las autoridades responsables se abstengan de privar de la libertad personal a Zitle Rivas hasta que se resuelva sobre la suspensión definitiva, quedando a disposición del juzgado únicamente en cuanto a su libertad se refiere y a disposición de la autoridad responsable por lo que hace a la continuación del procedimiento en su contra.
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