¿Pueden embargar a tus mascotas? Esto dice la ley en Hidalgo
El diputado local, Alejandro Enciso Arellano, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil del Estado para asegurar que los animales domésticos no sean susceptibles de un proceso mercantil y sean retirados de las familias con motivos de medidas cautelares dentro de los procedimientos judiciales pues ello genera agresiones, falta de atención y descuido de las mascotas en cuestión.
Al presentar la propuesta de reforma, el legislador expresó que las mascotas no deben ser consideradas como bienes muebles y, por lo tanto, tienen que quedar exceptuadas de embargo, ya que esto ayudará a proteger tanto a las personas como a los animales.
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Explicó que, en la legislación civil vigente, los animales tienen la calidad jurídica de bienes mueble y son considerados como objetos sin mayor reconocimiento que el valor económico para su propietario, “lo anterior permite que una mascota al ser considera dentro de la categoría de bienes muebles, pueda ser objeto de embargo y los organismos jurisdiccionales pueden decretar medidas cautelares, con el objetivo de hacer efectiva la obligación del deudor”, expuso.
Añadió que esta práctica deja a los integrantes de la familia desolados por la pérdida o desprendimiento de un ser querido, que en la mayoría de los casos es considerado como un miembro más, esto al recordar el caso de una familia de Mineral de la Reforma a la que le fueron embargados sus perros por una deuda económica.
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“Es necesario buscar la inembargabilidad de las mascotas, como una medida de protección, tanto para los animales como para el propio ser humano, ya que es proteger el vínculo sentimental estrecho que se conforma entre seres humanos y los animales” agregó.
Por lo tanto, propuso establecer en el Código Civil del Estado que las mascotas no serán consideradas como bienes muebles y no serán susceptibles de embargo.