Proponen que candidatos independientes tengan más tiempo para recabar firmas

El diputado local Víctor Osmind Guerrero Trejo presentó una iniciativa ante el Pleno del Congreso del Estado para ampliar al doble, el plazo para la recolección de firmas de los aspirantes a una candidatura independiente, tanto para la elección de gobernador, diputados y de ayuntamientos, además de reducir el porcentaje requerido del listado nominal.

De acuerdo con la propuesta del legislador para reformar el Código Electoral el plazo para los aspirantes a candidato independiente para el cargo de gobernador debe ser de 120 días y no de 60 como actualmente lo marca la normativa.

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Para el cargo a diputado se contaría con 90 y no los 45 días que actualmente estipula el artículo 226, mientras que para quienes busquen una candidatura para los ayuntamientos, la propuesta pide que sea de 60 pues actualmente cuentan con 30 días.

Además, propone una modificación para que la cédula de respaldo que debe entregar cada aspirante en los cargos, lo anterior, tomando en cuenta que se exige para los tres diferentes cargos un porcentaje equivalente al tres por ciento de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección.

Sin embargo, para el caso de gobernador la intención es reducirlo al uno por ciento, pero estando integrada por electores de por lo menos trece distritos electorales locales, que representen, cuando menos el uno por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal.

En cuanto a las elecciones de diputados deberán entregar un apoyo del dos por ciento y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que representen, cuando menos, el uno por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal.

Finalmente, en los ayuntamientos, la cédula de respaldo deberá contener cuando menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al dos por ciento de la lista nominal de electores correspondiente al Municipio en cuestión, y estar integrada por ciudadanos de por lo menos la mitad de las secciones electorales que representen cuando menos el uno por ciento.

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