ARROLLADO

Pachuca: adolescente participa en riña; portaba arma de uso exclusivo

La defensa solicitó un procedimiento abreviado, lo que significó aceptar su culpabilidad y que la jueza le impusiera la sanción correspondiente.

Adela Garmez
Junio 19, 2025

Un adolescente recibió una sanción judicial por parte de la jueza de control especializada en Justicia para Adolescentes, Martha Leticia Hernández Amador, dentro del procedimiento abreviado en el expediente 21/2025.

El menor fue procesado por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, cometido en agravio de la seguridad pública.

El 18 de abril pasado fue reportada una riña en una colonia de Pachuca, por lo que al darse cita en el lugar elementos de la policía municipal, se dieron cuenta de la presencia de 25 personas, entre hombres y mujeres.

Uno de los varones se acercó a los uniformados y les manifestó que la persona adolescente, quien participó en la gresca, portaba un arma de fuego, motivo por el cual lo abordaron y al revisarlo encontraron dicho artefacto en su chamarra.

El Dictamen en Balística Forense, realizado el 19 de abril por un experto en balística forense de la Fiscalía General de la República, concluyó que el arma de fuego era calibre 9 mm; marca Smith & Wesson, modelo 59 y de fabricación en Estados Unidos, con sistema de disparo semiautomática.

Además, contaba con un cargador de cartuchos del calibre 9 mm y otros ocho cartuchos calibre 9 mm con tipo de bala normal.

Luego de que el agente del Ministerio Público federal evidenciara que el adolescente portaba el arma sin permiso y poniendo en riesgo la seguridad de la población, al participar en una riña, la defensa de este solicitó un procedimiento abreviado, lo que significó aceptar su culpabilidad y que la jueza le impusiera la sanción correspondiente.

El imputado enfrentó el proceso con la medida cautelar de arresto domiciliario bajo la supervisión de la Unidad de Medidas Cautelares, toda vez que el delito no amerita detención.

Tras concluir el procedimiento, la autoridad judicial emitió fallo condenatorio en contra de la persona adolescente por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, cometido en agravio de la seguridad pública.

Le fue impuesta una amonestación consistente en la llamada de atención que el juez hace exhortándolo para que en lo sucesivo se acoja a las normas sociales, de trato familiar y convivencia comunitaria, con el fin de que comprenda la ilicitud de los hechos cometidos y los daños que pudieron haberse causado con su conducta, que, en el caso, resulta ser una conducta que puso en peligro el bien jurídico tutelado consistente en la paz y seguridad pública.

Asimismo, se le impuso no poseer armas durante un año, con el fin de que asuma una conciencia de responsabilidad y una experiencia de legalidad respecto de la prohibición legal que existe para portar armas de fuego de uso exclusivo del ejército.

Además, se le impuso libertad asistida, que consiste en incluir a la persona adolescente en programas de formación integral bajo la vigilancia y seguimiento de un supervisor y con el apoyo de especialistas.