Ordenan a gobierno estatal y Nopala a desclasificar información sobre compra de maquinaria

El Poder Ejecutivo y el municipio de Nopala se negaron a responder las solicitudes de información relacionadas con investigaciones por faltas administrativas cometidas por servidores públicos, así como la compra de maquinaria pesada, respectivamente, bajo el argumento de que era información reservada que no podía darse a conocer públicamente.

Sin embargo, el consejo general del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (Itaih) ordenó a ambos sujetos obligados desclasificar la información y entregarla a los solicitantes.

En el expediente RRAI 240/2023, el comisionado Sigifredo Rivera Mercado expuso que el peticionario solicitó información a la Contraloría del estado sobre el número de investigaciones administrativas iniciadas del 1 enero al 31 de diciembre de 2022 por presuntas faltas cometidas por servidores públicos.

Los datos debían estar desagregados por mes, presunta falta administrativa y la institución o área de adscripción del servidor público señalado como responsable.

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Sin embargo, la unidad de transparencia del gobierno del estado contestó que cuenta con investigaciones en curso por hechos posiblemente constitutivos de faltas administrativas, atribuciones y presuntos servidores y exservidores públicos, “motivo por el cual la información se encuentra clasificada como reservada” de conformidad con la normativa en materia de transparencia.

Asimismo, precisó que dicha reserva de la información es por un periodo de cinco años, “porque la información afecta los derechos del debido proceso”.

No obstante, el comisionado consideró que dicha determinación fue excesiva, toda vez que el solicitante no requiere datos que obren dentro de los expedientes, sino el número de investigaciones, los cuales son datos estadísticos que no pueden ser motivo de reserva o clasificación y no afecta el debido proceso ni vulnera la conducción del expediente.

“Tampoco estamos de acuerdo en que la clasificación de la información sea por cinco años, pues sabemos que cuando concluye el expediente de responsabilidad administrativa, sea o no acreditada, debe estar la información pública”, puntualizó.

Por otra parte, en el expediente RRAI 277/2023 el comisionado Luis Ángel Hernández Ríos explicó que el solicitante requirió información a Nopala sobre la adquisición de la maquina pesada Carterpilar 320 BL que debí incluir acta de aprobación de partida presupuestal o modificación presupuestal para su compra, fondo de participación de la erogación, monto de la compra, modo de adjudicación, acta de aprobación de adquisición, contrato de compraventa, entre otros.

En respuesta, la tesorera municipal, Rocío Jaramillo Bautista, precisó que dichos datos se encontraban en reserva, por lo que era imposible entregarlos.

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Ante eso, el comisionado refirió que la funcionaria no debió emitir respuesta, pues es facultad del comité de transparencia municipal; además, en el escrito entregado al Itaih se omitió sustanciar la respuesta, ya que no se señalan las razones, motivos y/o circunstancias especiales que llevaron a clasificar la información.

“Se debió encontrar la prueba de daño como eje mediante el cual se asegura que la reserva se debía a elementos objetivos y demostrables. El sujeto obligado no prueba el alcance de sus obligaciones, ya que si se clasifica la información debe decirse el plazo, motivar la clasificación, es decir, las circunstancias que llevan a ocultar esto”, explicó.

Asimismo, detalló que gran parte de la información sobre la adquisición de maquinaria forma parte de las obligaciones de transparencia en donde se pide a los sujetos obligados poner a disposición del público esta y mantenerla actualizada, como resultado de procedimientos de adjudicación, incluyendo versión pública del contrato.

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