El TEEH ordena ampliar el plazo y flexibilizar reglas en la Revocación de Mandato en Hidalgo. Conoce los detalles.

El Tribunal Electoral de Hidalgo ordena ajustes al proceso de Revocación de Mandato en el estado.

Revocación de Mandato en Hidalgo: amplían plazos y eliminan requisitos

El TEEH ordena ampliar plazos y flexibilizar requisitos en la Revocación de Mandato en Hidalgo para garantizar mayor participación ciudadana.

Socorro Ávila
Octubre 1, 2025

El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) deberá ampliar el plazo para la presentación de la manifestación de intención para el inicio del proceso de Consulta de Revocación de Mandato, así como modificar los lineamientos para la recopilación de firmas, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH).

Tras más de una hora de discusión entre las magistraturas Leodegario Hernández Cortez y Rosa Amparo Martínez Lechuga, quien manifestó una postura en contra del proyecto al considerar que el promovente no contaba con interés jurídico para impugnar, se resolvió por mayoría de votos modificar los lineamientos establecidos.

Recolección de firmas: digital e impresa en todo el estado

De acuerdo con lo resuelto, el IEEH deberá permitir el uso de la herramienta digital del INE como el formato impreso para la captación del apoyo ciudadano en los 84 municipios, ya que en un principio se autorizó ambos formatos en de San Bartolo Tutotepec y Xochiatipan, mientras que en el resto solo la plataforma digital.

Además, se ordenó ampliar el plazo por cinco días más para que la ciudadanía pueda manifestar su solicitud de intención, es decir que se deberá modificar la fecha límite del 5 al 10 de octubre.

En la misma resolución, se establece que la captación de firmas que logren los promoventes de manera individual no podrá eliminarse si una de las personas no cumple con los requisitos establecidos en la ley, con el propósito de garantizar el interés ciudadano.

Finalmente, se consideró eliminar dos requisitos, la constancia de situación fiscal actualizada y la cuenta bancaria a su nombre, al considerar que resultaban excesivos y desincentivar la participación ciudadana.

Debate en el pleno del TEEH

Durante la discusión del proyecto, la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga expuso que la resolución se basa en hechos futuros e inciertos pues no se comprobó que el promovente, Martín Camargo Hernández, comprobara su interés de ser promovente de la consulta.

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