La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado ha recibido cerca de ocho quejas de trabajadores en contra de sus empleadores por la omisión en el pago de reparto de utilidades conocido como PTU, las cuales se han resuelto a favor del empleado.
¿Hasta cuándo pueden pagar las utilidades?
Oscar Javier González Hernández, titular de la Secretaría comentó que el plazo para cumplir con esta responsabilidad en el caso de las personas físicas vence el próximo 29 de junio, pues para personas morales concluyó el pasado 30 de mayo.
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De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el PTU es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
En caso de no cumplir con este derecho la empresa o patrón puede ser acreedor a una multa que va de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la Ley Federal del Trabajo.
Conciliación antes que juicio
Al respecto, el titular de la STPSH refirió que las quejas recibidas fueron canalizadas al Centro de Conciliación Laboral para llegar a un acuerdo sin la necesidad de llegar a tribunales.
En este caso, explicó, se procede a una revisión ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para conocer si la empresa realmente reportó ganancias, y en caso de ser positivo se solicita que cumpla con la obligación ante el trabajador.
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Dichas quejas fueron presentadas por empleados de diferentes giros como el de servicios o manufacturero, radicados en los municipios de Pachuca, Tizayuca y Mineral de la Reforma.
El secretario Oscar Javier González Hernández recordó que desde la dependencia se difunde información para que los trabajadores conozcan sus derechos laborales, además de dar asesoría y acompañamiento de manera gratuita.
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