Nadie puede ser despedido por ausentarse para vacunarse: STPSH
Piden no permitir abusos
La Ley Federal del Trabajo (LFT) no contempla despidos, reducciones o descuentos salariales, pago con horas extra ni ningún tipo de condicionante para que la población trabajadora se atienda por padecer Covid 19 o para que acuda a la aplicación de sus vacunas, explicó el Procurador de la Defensa del Trabajo en Hidalgo, Manuel José Parra Dager.
A través de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia, llamó a la población trabajadora a no permitir abusos en sus centros laborales relacionados con el padecimiento o vacunación de Covid 19.
Al respecto, el Procurador de la Defensa del Trabajo explicó que de acuerdo con la fracción XIX Bis del artículo 132 de la LFT, es obligación del patrón “cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente”, razón por la cual, nadie puede ser despedido por padecer Covid 19 o por ausentarse para inmunizarse.
De igual forma, por tratarse de un asunto de interés público, los centros de trabajo deberán otorgar autorización para que las y los trabajadores acompañen a sus familiares directos como son hijos menores de edad y/o padres adultos mayores, que no puedan acudir por sí mismos a la aplicación de la vacuna.
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Asimismo, negó que esté contemplado por la ley descuentos en el salario de las y los trabajadores cuando se ausentan por los motivos antes mencionados, solicitar reponer el día o el tiempo utilizado laborando horas extra o tomarlo a cuenta del periodo vacacional, no obstante, el patrón sí puede solicitar que se compruebe que la ausencia se debió por temas de salud.
Parra Dager también habló de los casos en que las y los trabajadores no cuentan con seguridad social como lo marca la ley, ante lo cual, los patrones están obligados a ayudar su personal a recobrar la salud, teniendo que afrontar los gastos que se deriven de la enfermedad o bien, de la realización de las pruebas de detección si éstas se exigen en el centro de trabajo.
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