Magistrados locales no juzgaron debidamente pruebas contra regidora, dice Tribunal Federal
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TSJEH) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que desecha una posible sanción en contra de la regidora de Mineral de la Reforma Hilda Miranda, por su asistencia a dos eventos del excandidato Julio Menchaca Salazar.
En sesión pública, los magistrados federales resolvieron que la autoridad local no juzgó debidamente el contenido material denunciado pues no se hizo allegar de información suficiente para corroborar los eventos denunciados.
En el juicio interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN), se refiere que la regidora acudió a dos eventos proselitistas del ahora gobernador electo de Morena durante la etapa de campañas, sin embargo, los magistrados locales declararon inexistentes los argumentos al no encontrar elementos suficientes para acreditar una sanción.
Ante ello, el PAN consideró que el TEEH debió ordenar mayores diligencias para resolver el juicio interpuesto, situación que fue avalada por los magistrados federales al referir que el partido denunciante si aportó elementos que podían corroborar la participación de Hilda Miranda.
Por otra parte, la Sala Superior confirmó la sentencia del Tribunal local que declaró la existencia de la violación al principio de neutralidad y uso indebido de recursos públicos por parte de diversos presidentes municipales del estado, por haber acudido a un evento proselitista del candidato Julio Menchaca Salazar.
Esta sentencia fue controvertida por el alcalde de Mixquiahuala José Ramón Amieva Gálvez quien fue uno de los ediles de Hidalgo sancionados,
El TEPJF determinó que el Tribunal local si tomó en consideración el planteamiento relativo a que el evento se desarrollo fuera del horario laboral, sin embargo, concluyó que la naturaleza de las funciones de la presidencia, son permanentes con independencia del horario en que se hubiera desarrollado el evento.
Sobre este juicio, el PAN solicitó que también se sancionara a Morena por culpa invigilando, pero el Tribunal Federal desechó esta petición argumentando que de hacer responsable a un partido por las infracciones cometidas por los servidores públicos, entonces se reconocería que se encuentran en una relación de subordinación.