Julio Menchaca: SCJN valida reforma electoral del gobernador
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio revés a las especulaciones que preveían un debilitamiento institucional por las reformas que el gobernador Julio Menchaca Salazar realizó al Código Electoral de Hidalgo al inicio de su gestión, de cara al proceso comicial ordinario 2024.
Estas modificaciones a ley, dan muestra del trabajo legislativo y experiencia jurídica con la que cuenta el titular del Poder Ejecutivo del estado, permitiendo a la actual administración gubernamental un ahorro por más de 42 millones de pesos por cada elección, además de que se garantizan elecciones transparentes, con certeza legal y democráticas a favor de los hidalguenses.
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Cabe destacar que las cinco iniciativas que fueron enviadas por Menchaca Salazar, al Congreso del Estado en materia político electoral, fueron validadas por la SCJN.
Tras dicha resolución de la Corte, se destaca el desempeño que realiza el gobernador de Hidalgo para la aplicación de reformas que traen consigo un trabajo de análisis técnico-jurídico, con base a una metodología sólida, que garantiza el funcionamiento de las instituciones, a favor de los intereses de la población.
¿De qué trata la reforma electoral de Julio Menchaca?
Entre las iniciativas validadas por la SCJN, destaca la expedición de la Ley de Revocación de Mandato, la reforma al Código Electoral del Estado de Hidalgo que establece la duración de 3 años de presidentes municipales, síndicos y regidores en el encargo, otorgando la posibilidad para que estos puedan ser reelectos por un periodo igual; además desaparecen los Consejos Municipales, dejando en manos de los Consejos Distritales la organización de las elecciones, buscando su especialización y con ello evitar los episodios de violencia político electoral acontecidos en elecciones pasadas, reformas que darán certeza al proceso electoral en puerta.
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Adicional al tema, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia invalidó los decretos 573 y 576 elaborados por el Congreso del Estado, publicados el 22 de agosto de 2023, por medio de los cuales fueron reformadas diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Hidalgo.
La Corte determinó que las disposiciones reformadas afectaban directamente los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad; por lo que existía la obligación de realizar consultas previas después de las elecciones de 2024.
Las acciones de inconstitucionalidad que no prosperaron fueron promovidas por los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano y Verde Ecologista de México, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en Hidalgo.
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