INE desecha quejas del PRI y Morena por spots
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las quejas del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de Morena respecto a los promocionales en radio y televisión de los precandidatos Julio Menchaca Salazar y Carolina Viggiano.
En un primer asunto, el tricolor señaló que los spots de Julio Menchaca Salazar precandidato de Morena, constituían un fraude a la ley lo que vulnera el principio de equidad en la contienda, al promocionar a un precandidato único por lo que solicitaba suspender su transmisión.
No obstante, el INE resolvió que aun y cuando Menchaca Salazar sea precandidato único dentro del proceso interno de selección de Morena, esto no significa que ya tenga la calidad de candidato y por lo tanto puede realizar actos de precampaña dirigidos a la militancia.
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Dentro de la misma sesión, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto atendió la denuncia de Morena contra el Partido Acción Nacional (PAN) al señalar un uso indebido de las pautas promocionales y calificó de transgresión al principio de laicidad, derivado de la difusión de distintos promocionales para radio y televisión.
El partido guinda refirió que los materiales violan las reglas que deben observarse en periodo de precampaña, la equidad en la distribución de tiempos de radio y tv y contienen símbolos de carácter religioso, por lo que solicitó su suspensión.
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Al respecto, se declaró que no procede la suspensión de la difusión de los promocionales referidos pues, bajo la apariencia del buen derecho se advierte que con ellos Acción Nacional pretende que las y los militantes puedan conocer a Fabián García y Carolina Viggiano, como precandidato y precandidata a la gubernatura del estado de Hidalgo.
También se señaló que, de un análisis preliminar, el contenido de dichos spots es de carácter genérico y los temas abordados forman parte del debate político.
Finalmente, por cuanto hace a la transgresión al principio de laicidad al apreciarse símbolos religiosos, la Comisión consideró que la imagen no ocupa un lugar preponderante dentro del promocional.
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