Tras su aprobación en el Congreso del Estado en diciembre pasado, el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) publicó el decreto que oficializa la adición de la fracción V BIS al artículo 6 de la Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo, enfocada en la coordinación institucional y el aprovechamiento ambiental del agua de lluvia.
Esta nueva normativa surge como una respuesta directa a la crisis hídrica que enfrenta la entidad, la cual se manifiesta a través de la sobreexplotación de los acuíferos, la baja eficiencia en el uso de lluvia y una creciente impermeabilización del suelo que impide la recarga natural del subsuelo.
El fundamento del decreto establece que es imperativo adoptar medidas normativas que fortalezcan la gestión sustentable, promoviendo de manera activa la captación, el almacenamiento y la infiltración del agua pluvial.
Al integrar estas disposiciones en la planeación urbana, ecológica y territorial, el estado busca reducir la presión sobre sus fuentes de abastecimiento, mejorar la resiliencia ante el cambio climático y prevenir inundaciones que afectan a diversas zonas de la entidad.
A partir de la entrada en vigor de esta adición, la autoridad ambiental, en coordinación con la Comisión Estatal del Agua y Alcantarillado (CEAA), deberá promover la inclusión de criterios sustentables en los instrumentos de planeación urbana, ecológica y de ordenamiento territorial.
Esta integración de criterios pluviales será obligatoria tanto para los planes del Estado como para los de los municipios, garantizando que el crecimiento urbano considere el ciclo del agua, como un eje fundamental para el desarrollo sostenible.
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