Diputados locales presentaron una iniciativa al Congreso de Hidalgo para establecer en el Código Penal local nuevas conductas delictivas de violencia feminicida relacionadas con el nivel de tortura que se ejerció previo a su muerte incrementando el nivel de las penas contempladas.
La propuesta presentada por diferentes legisladores plantea que el asesinato violento de una mujer no se puede tipificar de la misma forma que otros homicidios, pues la violencia contra las mujeres no puede ni debe castigarse con una disminuida responsabilidad penal, ni tampoco puede tener causas de justificación, por ser crímenes de odio.
En este caso, será considerado responsable por el delito de feminicidio quien por razones de género prive de la vida a una mujer y se le impondrá sanción de 25 a 50 años de prisión y de 300 a 500 días multa.
Para ello, la propuesta es adicionar entre las circunstancias a quien haya infligido una o más mutilaciones infamantes o degradantes en zonas de genitales o en cualquier otra, previa o posterior a la privación de la vida, así como la ejecución de actos de necrofilia, tormentos, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Así también cuando existan antecedentes o datos que establezcan que el responsable ejerció sobre la víctima de forma anterior a la privación de la vida, acoso, violencia física, sexual, psicológica, económica, patrimonial, laboral o de cualquier tipo; ya sea en el ámbito familiar, laboral, comunitario, político, escolar o cualquier otro.
De igual forma, los diputados locales piden considerar como agravantes para aumentar la pena hasta en un tercio cuando la víctima sea menor de edad o adulta mayor, de pueblos originarios, estuviera embarazada, sufra discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, o se encuentre en cualquier otra condición especial.
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