Deudores alimentarios sin cargos públicos
Lo cierto es que…
Valida la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) preceptos de leyes del estado de Hidalgo que establecen el requisito de no ser deudora o deudor alimentario moroso para el acceso a cargos públicos
Fueron resueltas dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley Orgánica de la Administración Púbica, del estado de Hidalgo.
Desde el pasado 4 de octubre los preceptos prevén como requisito para acceder a los cargos públicos de Comisionado del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado de Hidalgo y de titulares de las dependencias y entidades del Poder ejecutivo local, el que no sea deudor o deudora alimentario moroso, salvo que se acredite estar al corriente del pago, se cancele esa deuda, o bien, se tramite el descuento que corresponda.
Así que el pleno reconoció la validez al considerar que, en esencia, el requisito impugnado persigue constitucionalmente la protección transversal del derecho fundamental a recibir alimentos, además de que está vinculado con el cumplimiento de la obligación alimentaria.
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Así que de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Administración establecen que ningún deudor alimentario moroso puede desempeñarse como funcionario público en la entidad.
De acuerdo con información publicada por Cimac noticias, la titular de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, la medida violaba los derechos de los deudores y los discriminaba, debido a que, según su apreciación, su situación familiar o tiene nada que ver con su capacidad de desempeñar un cargo público.
La controversia existía porque la titular de la CNDH señalaba que “despojar a un deudor de la posibilidad de tener un empleo impedía que éste tuviera ingresos suficientes para saldar sus pendientes”.
Sin embargo, el Frente Nacional de Mujeres contra Deudores Alimentarios, han señalado que, en muchos casos, los deudores alimentarios morosos que ocupan cargos públicos hacen uso de sus “redes de poder para no responsabilizarse de sus actos”.
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Este Frente integra a mujeres que llevan años luchando para que haya justicia para “las infancias abandonadas por los deudores alimentarios”.
Pero esto no empieza ahí, porque ya se ha impulsado la “Ley Sabina” con diversas colectivas feministas y diputadas del Congreso de la CDMX. El objetivo es “permitir que millones de madres obtengan justicia jurídica y social tras denunciar a los deudores alimentarios morosos”.
Entre otras acciones contempla investigar los ingresos de los deudores, quienes muchas veces ocultan sus ganancias en cuentas familiares o reportan menores cantidades, o bien, que no haya tiempo para que cambien de nombre sus propiedades. Ojalá las empresas también adopten la ley.
En fin, que son toda una lista de malas prácticas las que hacen muchos deudores con tal de no entregar la pensión que merecen sus hijas e hijos, luego de una separación, o bien, no reconocimiento de ellas y ellos.
Lo cierto es que… La ley va en camino. Las mujeres deben denunciar a los morosos. Los morosos alimentarios deben poner en orden el actuar con sus hijas e hijos. Y no ejercer cargos públicos si insisten en no cubrir este derecho humano de la alimentación.
Twitter@AidaSuarezCh