Constitución en “Lenguaje Ciudadano”

DESDE LO REGIONAL

El uso del lenguaje claro no ha sido prioridad en el desempeño de las instituciones mexicanas. Cierta es la inscripción del tema en la agenda de la administración pública federal a principios del siglo y en el Poder Judicial Federal. Sin embargo el tema se diluyó pronto.

En las entidades federativas no permeó hasta la llegada de una nueva visión en el ambiente judicial, cuando el lenguaje jurídico empezó a experimentar un cambio, específicamente en la redacción de las sentencias.

Algunas disposiciones de la legislación procesal penal nacional incluyeron, en beneficio de las y los justiciables, la obligación para las y los juzgadores de explicar el contenido de sus resoluciones, en un reconocimiento al derecho a comprender, fundamental en el modelo de oralidad.

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Ahora es aceptada la existencia del problema desde la redacción misma de las normas, falencia del trabajo en sede legislativa.

A iniciativa de la alcaldesa Sandra Cuevas, la Alcaldía Cuauhtémoc de Ciudad de México publicó una versión en “lenguaje ciudadano  de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, elaborada por su Dirección General Jurídica y de Servicios Legales. 

Se advierte a quien la lea, la finalidad de ese ejercicio de simplificación: el acceso de la población a una mejor comprensión de sus derechos y de las instituciones del Estado mexicano, sin la pretensión de sustituir el texto original.

Un argumento importante expone la Alcaldesa en su presentación: “Nuestra Constitución está escrita en  términos políticos y jurídicos, su lenguaje técnico y en ocasiones barroco hace que sea poco accesible para la población, que es a quien va dirigida.

“¿Qué significado tiene para una ama de casa, el locatario de un mercado, un obrero o un empleado público, el derecho al trabajo, el derecho al acceso a la información, el derecho al acceso a la cultura, el derecho a las vacaciones? Si no conocemos primero su existencia y posteriormente su alcance será muy difícil que podamos ejercerlos.”

En el prólogo a la edición, Miguel Carbonell hace un par de consideraciones valiosas a propósito:

“Una Constitución debería estar redactada de forma sencilla, de manera que cualquier persona pudiera tomarla, leerla y entenderla sin problema alguno. También debería ser breve en su contenido. Sin embargo, los textos constitucionales contemporáneos no siempre han alcanzado la meta de ser claros y concisos. Más bien al contrario: se han ido haciendo cada vez más prolijos y complejos, por el hecho de que se les han introducido  temas que tienen ciertas dificultades terminológicas y que  no se pueden expresar de forma sencilla.

“Una vez que el texto constitucional ha sido creado, debemos ser capaces de entenderlo en todo su alcance. La primera barrera que se debe superar para lograr dicha comprensión es de carácter lingüístico: la forma de redacción de los textos constitucionales no siempre resulta sencilla, incluso se utilizan términos un tanto desfasados o por lo menos alejados de la experiencia cotidiana de sus lectores e intérpretes.”

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Acciones como esta de la Alcaldía Cuauhtémoc debieran multiplicarse y apuntar hacia la producción del marco normativo en los tres órdenes de gobierno, con lenguaje claro.

La Red Panhispánica de Lenguaje Claro, proyecto de la Real Academia Española y la Asociación de Academias de la Lengua Española, suscrito ya por la Academia Mexicana de la Lengua, va en ese sentido: fomentar la claridad lingüística como fundamento de los valores democráticos y de ciudadanía.

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