Buscar reconocer delito de turismo sexual en el Código Penal de Hidalgo
El turismo sexual infantil es una actividad presente en diferentes partes del mundo
La diputada María Adelaida Muñoz Jumilla presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado para incluir en el catálogo de delitos al turismo sexual con penas de prisión de 10 a 20 años.
La propuesta busca castigar con cárcel a aquellas personas que, promuevan, permitan, publiciten, inviten, faciliten, financien o gestionen por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio estatal.
Esto con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de dieciocho años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste.
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La legisladora del Partido Nueva Alianza explicó que el turismo sexual infantil es una actividad presente en diferentes partes del mundo.
“Desafortunadamente no existen cifras precisas que pongan en evidencia este gran problema social, sólo se hace referencia a estimaciones que se obtienen a partir de denuncias”, explicó.
De acuerdo con la publicación “Trabajo infantil: Trata y explotación sexual” de la organización Save the Children, afirma que México, hasta el 2019 ocupaba el noveno lugar mundial en el tráfico y almacenamiento de pornografía infantil y el segundo lugar en turismo sexual infantil, esto último considerando la información vertida durante una intervención en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Muñoz Jumilla señaló que, aunque el Código Penal Federal contempla el delito de turismo sexual infantil, así como los estados de Sinaloa, Quintana Roo, Colima, Baja California Sur y Michoacán, consideró que las penas no son acordes a la realidad pues estas van de los 15 años de prisión.
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Por ello, propuso reconocer el delito de turismo sexual en el Código Penal local imponiendo una pena de 10 a 20 años de prisión y multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
Dicha pena se aumentará hasta en una mitad si la persona responsable es tutor de la víctima, existe alguna relación familiar, parentesco o confianza, o si es servidor público.
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