Buscan dejar sin efectos Ley de Responsabilidad de Servidores Públicos luego de juicio de alcalde
La diputada local del Partido Encuentro Social Hidalgo (PESH) Jajaira Aceves Calva, propuso abrogar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado al señalar que los funcionarios que incurren en malas prácticas no pueden ser juzgados dos veces por el mismo delito.
Ante el pleno del Congreso del Estado, la legisladora detalló que desde el 2017 y luego de varias reformas, dicha ley únicamente contempla los lineamientos para proceder a un juicio político.
Sin embargo, con la inexistencia de fuero a los servidores públicos, implica que las autoridades administrativas o judiciales pueden proceder en contra de las y los servidores públicos, lo cual resulta contrario pues manifestó que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho.
La Legisladora presentó dicha propuesta, apenas unas semanas después de que el Congreso determinará la procedencia de juicio político contra el alcalde de Calnali Isaid Acosta Téllez y quien es emanado de su partido.
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En la actualidad quienes están sujetos a juicio político en Hidalgo son diputados, auditor, titulares de la administración municipal, síndicos, regidores, magistrados, procurador, directores generales o sus equivalentes de los organismos públicos autónomos y descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a estas.
Pero explicó que estos servidores públicos pueden ser juzgados por sus actos a través de otras instancias como lo son la Procuraduría General de Justicia y el Tribunal Superior de Justicia del estado.
Aclaró que la pretensión es abrogar la ley y no derogarla, pues el primer concepto se refiere a la supresión total de la su vigencia y su obligatoriedad, es decir la anulación de la eficacia de un mandato legal en su conjunto, pues la derogación implica únicamente cuando se busca dejar sin efecto sólo algunos preceptos.
Con lo anterior también deberá modificarse la Constitución Política del Estado de Hidalgo en su artículo 150 que detalla quienes serán los actores sujetos a un juicio político, así como la fracción primera del articulo 154 el cual detalla la imposición de juicio cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
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